Presidente, apague ese ruido de la ley DNI

VINICIO A. CASTILLO SEMÁN.-

La recién aprobada ley que crea el Sistema Nacional de Inteligencia ha creado un huracán de críticas por contener tres artículos inconstitucionales que pueden poner en peligro derechos fundamentales de los dominicanos.

Sobre estas críticas hay que hacer una distinción, entre los que la hemos hecho con un criterio jurídico y con el interés de que los artículos cuestionados sean enmendados y los partidos cuyo legisladores aprobaron esa ley, ahora quieren usarla políticamente contra el Presidente, acusándolo de retrotraer a la República Dominicana a la época de Trujillo, crítica injusta y desproporcionada.

La realidad es que la Fuerza del Pueblo, que ha tenido el liderazgo de la ácida crítica al presidente Luis Abinader de autoritarismo, no tiene calidad alguna para hacerla. En el Senado, los senadores FP votaron a favor de la ley DNI y en la Cámara de Diputados, Omar Fernández, hijo del presidente de la Fuerza del Pueblo y diputado, se ausentó del hemiciclo y los diputados de su partido votaron a favor de la cuestionada ley. Igual el PLD.

El proyecto fue aprobado con sólo un voto en contra en la Cámara de Diputados.

Creo es urgente para el Presidente apagar este ruido sobre la Ley del DNI, que de mantenerse le servirá a sus adversarios como excelente bandera de lucha política.

Es claro que, tanto el PLD como la FP, lo denunciarían en el extranjero y aquí como un “pichón de dictador” que quiere instalar un Servicio de Inteligencia Militar (SIM) para espiar y presionar a opositores, prensa y empresarios. La mejor y más expedita forma de resolver el problema es una enmienda legislativa sobre los tres artículos cuestionados. Enviada por el Presidente al Congreso, sería aprobada rápidamente previo un consenso de su texto. La enmienda legislativa debe tener claro que la DNI no puede actuar al margen del ministerio público y jueces a la hora de pedir información a instituciones públicas o privadas en materia de investigación, ya que pueden tener implicaciones penales. Lo otro que tiene que quedar claro es que la negativa a dar información a DNI no puede ser jamás en sí una infracción penal, salvo cuando se pueda probar que la ocultación es complicitaria. En República Dominicana es derecho constitucional no declarar ante ministerio público o jueces, de imputados y testigos. Jamás puede ser DNI un supra poder que requiera información, so pena de que se convierta en infracción el que no responda.

No soy partidario de esperar que el Tribunal Constitucional, con la nueva composición, falle los recursos inconstitucionales que lloverán contra esta ley.

En ese escenario, el Presidente perdería mucho. Le daría a sus adversarios meses de campaña en su contra por autoritarismo. Si el Tribunal Constitucional mantiene los artículos inconstitucionales se dirá que lo hace porque la nueva composición de ese tribunal le responde políticamente al Presidente. Y si declara la inconstitucionalidad, es igualmente una derrota innecesaria. A mi amigo el Presidente Abinader le pido, por el bien del país, y de él mismo, apagar ese ruido. El diálogo, consenso y enmienda legislativa, es la vía.

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